La Gobernación del Valle del Cauca invita a la comunidad que se encuentra dentro del área de interés a participar en el proceso de gestión pública a través de las elecciones para elegir a los representantes de la comunidad, interesados en participar en la vigilancia de los procesos de la planeación, ejecución y puesta en marcha de la ampliación de la Avenida Cañasgordas comprendida entre los municipios de Santiago de Cali y Jamundí.
Según el Artículo 1° de la Ley 850 de 2003: “Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y organismos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.
Los representantes de los propietarios y/o poseedores deberán ser:
- Mayores de edad.
- Propietarios y/o poseedores de un bien inmueble dentro de la zona de citación.
- Asistentes a la Asamblea en forma personal.
- No estar incurso en algunas de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la ley.
- No estar en mora en el pago de contribución de valorización con el Departamento del Valle del Cauca.
No podrán tener la calidad de representante de los propietarios y/o poseedores:
- Los servidores públicos ni los miembros de corporaciones públicas de elección popular.
- Propietarios y/o poseedores de un bien inmueble dentro de la zona de citación.
- Quienes fueran contratistas con el Departamento del Valle del Cauca y sus entidades descentralizadas y/o con los municipios comprendidos dentro de la zona de citación.
- Haber participado a título personal o como socio o empleado en los estudios del respectivo proyecto de inversión pública.
- Quien se halle en interdicción judicial, o suspendido o excluido del ejercicio de su profesión u oficio.
- Quien sea representante en otras obras que adelante el Departamento del Valle del Cauca
- Quienes directamente o como apoderados, adelanten contra el Departamento o cualquiera de sus entidades, procesos administrativos o litigio, por la razón de la contribución de Valorización de la obra en que pretenda ser representante.
Las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en este artículo se hacen extensivas al cónyuge o compañero permanente y a los parientes que se encuentren dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
Al momento de su inscripción en la oficina de Secretaria de Infraestructura y Valorización, los candidatos de los propietarios y/o poseedores deberán presentar y entregar copia de los siguientes documentos, así:
Personas naturales
- Documento de identidad.
- Certificado de tradición, que lo acredite como propietario dentro de la zona de citación, cuya fecha de expedición no tenga más de un mes.
Personas jurídicas
- Documento de identidad del representante legal
- Nit o RUT - Certificado de existencia y Representación legal cuya fecha de expedición no tenga más de un mes.
- Certificado de tradición que acredite a la persona jurídica que representa, como propietario dentro de la zona de citación, cuya fecha de expedición no tenga más de un mes.
Poseedores
- Documento de identidad
- El último recibo de impuesto predial y/o las pruebas sumarias o judiciales que lo acreditan como poseedor.
- Certificado judicial.
Los representantes de los propietarios y/o poseedores tendrán las siguientes funciones:
a. Asistir a las reuniones que sean convocados de manera oficial.
b. Verificar el cumplimiento de la Ordenanza que decreta la contribución de valorización y hacer seguimiento de la misma.
c. Informar a los propietarios y/o poseedores sobre e desarrollo y costo de las obras.
d. Nombrar los comités Asesores, en caso de que lo requieran(por cuenta de los propietarios y/o poseedores)
e. Conocer sobre la liquidación del proyecto, desde el punto de vista técnico y financiero.
f. Las demás que el fije la Secretaria de Infraestructura y Valorización.
g. En general ser veedores de la obra.
h. Poner en conocimiento de la Administración Departamental las irregularidades que se pudieran presentar en los procedimientos administrativos y técnicos en el desarrollo de la sobras.
Los representes están obligados:
a. A asistir a las reuniones de los representantes de los propietarios y poseedores y a cualquier otra que sean convocados.
b. A suministrar periódicamente, al menos cada seis (6) meses a las personas gravadas en las contribuciones, los datos e información que ellos requieran.
c. A prestar al Departamento del Valle del Cauca - Secretaria de infraestructura y Valorización su colaboración para la adquisición oportuna de los bienes inmuebles necesarios para la ejecución del proyecto, del cual sean representantes.